La concejal de Igualdad y Asuntos Sociales, Eva Gil, y una técnico municipal han acompañado hoy, jueves, a la responsable de Fundación Cepsa en la comarca, Estrella Blanco, en una visita a las viviendas tuteladas de la calle Málaga. Se trataba de que Blanco conociera de primera mano las instalaciones y hablara con algunos inquilinos, ya que Fundación Cepsa va a subvencionar la instalación de células fotovoltaicas en las mismas.
Explicó Estrella Blanco que “llevamos aproximadamente un año trabajando con la Delegación de Asuntos Sociales en este proyecto de instalación de placas fotovoltaicas que, si todo va bien, podremos empezar a ver colocadas en 2024. Con ellas queremos luchar contra la pobreza energética reduciendo la factura de la luz de las personas que viven aquí, mayores en situación de vulnerabilidad”.
“El Ayuntamiento -añadió- tiene aquí un proyecto precioso y, sobre todo, necesario. Mi enhorabuena a todas las personas que han conseguido a lo largo de los años que estas viviendas tuteladas sigan adelante, y nosotros encantados de colaborar”.
Eva Gil, mientras, mostró su agradecimiento a la Fundación Cepsa y a Estrella Blanco por su implicación en este proyecto, en el que se conjugan dos factores: la lucha contra la pobreza energética y la sostenibilidad ambiental.
Las viviendas tuteladas de la calle Málaga llevan funcionando desde el domingo 3 de octubre de 2010, cuando se hicieron entrega de las llaves a los 15 primeros ocupantes de estas viviendas, situadas en la calle Vallecillo Luján número 35.
Estas viviendas fueron concebidas para personas mayores con un nivel de autonomía suficiente, pero con dificultades para mantenerse en su vivienda por grave deterioro de la misma o por problemas de convivencia, o que sean obligados a abandonarla, carezcan de vivienda propia o no dispongan de recursos económicos, familiares y sociales.
Los requisitos para tener acceso a estas viviendas son: tener 60 años o más cumplidos; estar empadronado en San Roque con dos años de antigüedad, como mínimo; no padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni alteraciones psíquicas que puedan repercutir de una manera negativa en la convivencia o que requieran vigilancia y cuidados continuados de una tercera persona, o con limitaciones severas en su nivel de autonomía personal.
También se cuentan entre los requisitos el no disponer de vivienda en propiedad, o que ésta se encuentre en un grave estado de deterioro, no reuniendo las condiciones mínimas de habitabilidad y no siendo posible su rehabilitación mediante otros recursos de carácter social. En los casos de personas que aún no teniendo vivienda en propiedad sí dispongan de familiares con los que estén conviviendo, y estos estén obligados legalmente a su cuidado y atención, según el Código Civil, se valorará la no prioridad del caso.
Además, se considera un requisito el tener un estado físico y psíquico que permita realizar las actividades de la vida diaria de forma independiente y no presentar riesgo inminente de invalidación; y tener una conducta social y unos hábitos personales y de higiene que faciliten una convivencia normalizada. Finalmente, cualquier situación no contemplada en los requisitos anteriores podrá ser estudiada y valorada por el Departamento Municipal de Asuntos Sociales, que elaborará propuesta de ingreso o no, siendo sometida ésta ante el órgano competente (Comisión Municipal de Asuntos Sociales).