Emergencias de Andalucía informa de la prohibición de barbacoas y quemas agrícolas en espacios forestales

La Agencia de Emergencias de Andalucía (EMA), dependiente de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, informa que, desde el 1 de junio y hasta el 15 de octubre, época de peligro alto de incendios forestales en Andalucía, queda prohibida la realización de barbacoas; aún en zonas habilitadas para tal fin (áreas recreativas), quemas agrícolas y forestales, así como la circulación de vehículos a motor por los espacios forestales y de influencia forestal, que son aquéllos terrenos agrícolas y urbanos situados a menos de 400 metros de los forestales.

En cuanto a las excepciones permitidas, siempre bajo autorización expresa y previa de la Delegación del Gobierno correspondiente, se permiten las barbacoas en el caso de establecimientos de alojamientos turísticos autorizados y en restaurantes rurales, así como la preparación de alimentos en campamentos infantiles o el uso de calderas de destilación, hornos de carbón y piconeo.

En lo que respecta al tránsito de vehículos a motor, sólo es posible en algunos casos, como el uso de las servidumbres de paso, la utilización de vehículos para servicios de emergencia o extinción de incendios, los servicios ecoturísticos autorizados, o la celebración de romerías, entre otros.

La Junta se hace un llamamiento a la prudencia y a la responsabilidad de la ciudadanía durante su estancia en el medio natural y se le solicita una actitud responsable cuando se encuentren en contacto con la masa forestal. De esta forma, podrán evitarse incendios que puedan poner en peligro a núcleos urbanos, a la naturaleza y a los propios equipos de extinción. Ante cualquier avistamiento de humo o llama, debe alertarse a los servicios de emergencias llamando al teléfono 112.

Etiquetas:

Junta de Andalucía

Noticias relacionadas