Podemos ve necesario que la Iglesia demuestra la titularidad de los bienes inmatriculados en el Campo de Gibraltar

La Diócesis de Cádiz y Ceuta inmatriculó hasta seis bienes inmuebles en la comarca del Campo de Gibraltar, gracias a la legislación del Gobierno de Aznar que facilitó que la Iglesia los pusiera a su nombre con una simple certificación eclesiástica. De estos bienes, al menos cuatro de ellos, no son templos religiosos.

La Capilla de San Antón (Algeciras), una parcela de terreno en el Barrio del Padre Flores (Algeciras); Finca en El Chaparral, Bolonia, en la que se sitúa la Ermita del Sagrado Corazón, con sus anejos y dependencias (Tarifa), Cementerio Parroquial de Facinas, con sus anejos y dependencias (Tarifa); Iglesia de la Misericordia con sus anejos y dependencias (Jimena); y un inmueble urbano en La Línea de la Concepción son los seis inmuebles que figuran en el informe elaborado por el Gobierno sobre las inmatriculaciones de bienes realizadas por la Iglesia entre los años 1998 y 2015, gracias a la reforma de la Ley Hipotecaria franquista que fue aprobada por el Ejecutivo de José María Aznar en 1998.

Los representantes de la formación Podemos en el Campo de Gibraltar no ven suficiente que “una simple certificación eclesiástica” sirva para demostrar la propiedad de esos inmuebles, y creen necesario que la iglesia presente los títulos de adquisición, o en su defecto, la manera en que han sido adquiridos estos inmuebles antes de realizarse su inmatriculación.

“Ya es inconcebible que se haya permitido registrar a la iglesia bienes que pueden ser considerados con patrimonio municipal, pero lo que más sangrante nos parece es que entre esas propiedades existan inmuebles urbanos, fincas y terrenos que nada tienen que ver con el culto religioso” han manifestado desde la formación.

Y es que, a pesar de que la iglesia hace uso de los templos para sus cultos, estos nunca han estado registrados a su nombre hasta la reforma del Gobierno de Aznar en 1998, puesto que estaban excluidos de la posibilidad de inscripción. “Desde 1863 se ha permitido a la iglesia registrar las propiedades cuya titularidad sea legítima, condicionada a la necesaria acreditación ante el órgano público de su dominio, pero con la excepción de los considerados de dominio público, y entre ellos se encuentran los templos destinados al culto, de los que son usufructuarios, pero no propietarios. La propiedad pertenece exclusivamente al Estado”, señalan.

Podemos también tacha de “cobarde” la actitud del PSOE, de dejar en manos de particulares y Ayuntamientos la posibilidad de pleitear contra la iglesia para recuperar los inmuebles inmatriculados ilegalmente por la iglesia, y no elaborar una Ley que regule el uso y la propiedad de los bienes públicos. Para Podemos, “El tratamiento que se le está dando a este asunto pretende fortalecer, y no impugnar, la legitimidad legal con que el Gobierno de Aznar quiso asentar este expolio de la iglesia sobre nuestro patrimonio, expolio heredero del franquismo”.

Finalmente, desde la formación morada, instan a los Ayuntamientos del Campo de Gibraltar a que emprendan las medidas legales oportunas para tratar de recuperar todos los bienes de patrimonio histórico de carácter religioso que se encuentran en la comarca y de los que solo se haya presentado en el registro la certificación eclesiástica, solicitando para ello la presentación de la “indicación del título de adquisición o el modo como fueron adquiridos los bienes de cuya inmatriculación se tratase”, tal y como concluye el informe.

 

What do you want to do ?

New mail

Noticias relacionadas