Requisitos y procedimiento de solicitud del aplazamiento de hipoteca RDL 8/2020, de 17 de marzo de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, así se recoge en la web del PSOE de Los Barrios.

Cómo solicitar el aplazamiento de la hipoteca que incluye el decreto del Estado de Emergencia

Primero, para poder acogerse a la moratoria del préstamo hipotecario, se tiene que encontrar en los supuestos de vulnerabilidad económica establecidos en el artículo 9 de dicho real decreto-ley.

Artículo 9. Definición de la situación de vulnerabilidad económica.

Los supuestos de vulnerabilidad económica a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 quedan definidos con el siguiente tenor:

  1. a) Que el deudor hipotecario pase a estar en situación de desempleo o, en caso de ser empresario o profesional, sufra una pérdida sustancial de sus ingresos o una caída sustancial de sus ventas.
  2. b) Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere, en el mes anterior a la solicitud de la moratoria:
  1. Con carácter general, el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (en adelante IPREM). [El IPREM es de 537,84 euros, por lo que 3 veces es de 1.613,52 euros al mes]
  2. Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo en la unidad familiar.
  3. Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años.
  4. En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tengadeclarada discapacidad superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral, el límite previsto en el subapartado i) será de cuatro veces el IPREM (2.151,36 €)
  5. En el caso de que el deudor hipotecario sea persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental, o con discapacidad intelectual (…) el límite previsto en el subapartado i) será de cinco veces el IPREM (2.689,92 €)

Además de estos, existen otros dos supuestos para poder acceder a esta moratoria:

  1. Que la cuota hipotecaria, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.
  2. Que, a consecuencia de la emergencia sanitaria, la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda. Es decir, que se haya producido una alteración significativa de las circunstancias económicas cuando el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,3 o que se ha producido una caída sustancial de las ventas cuando esta caída sea al menos del 40%

Una vez se haya comprobado que cumple algún requisito para optar a la ayuda, se debe solicitar directamente a la entidad con la que se tiene la hipoteca. Para ello, se debe presentar una serie de documentación que acredite la situación de vulnerabilidad,. Estos son el certificado de desempleo en el que figure el subsidio recibido -en caso de los autónomos el certificado de cese de

actividad-, libro de familia, empadronamiento para mostrar las personas que habitan el hogar, un documento del Registro de la Propiedad que acredite la titularidad de la vivienda. A esto se le añade las escrituras de compra de la vivienda y de la concesión del préstamo.

La moratoria se puede pedir hasta el 3 de mayo, si no se prolonga. Una vez realizada la solicitud, la entidad bancaria dispondrá de un plazo máximo de 15 días para su autorización o desestimación.

En caso de concederse, el banco tendrá que comunicar el aplazamiento al Banco de España para su no imputación en el cómputo de provisiones de riesgo por impago.

Solicitud de notas simples de índices durante el estado de alarma

Si necesitara nota simple del servicio de índices al amparo de lo establecido por el artículo 11 1. D) i del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, para acreditar su situación de vulnerabilidad económica puede solicitarla por correo electrónico al Registro de la Propiedad donde tenga inscrita su vivienda habitual o, en su caso, a cualquiera de los Registros de la ciudad donde tenga su residencia habitual incorporando necesariamente fotocopia del DNI de la persona sobre la que se deba expedir la información o, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar.

Enlace a la lista de correos electrónicos de los Registros de la Propiedad

http://www.registradores.org/lista-de-correos-electronicos-de-los-registros-de-la-propiedad/

 

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